ARTÍCULO 422. El diámetropolitano de los tambores que empleen los aparatos para izar no será menor de treinta veces el diámetro del cable o 450 veces el diámetro del alambre que forma el cable. Mediciones de iluminación: se utilizan para evaluar los niveles de iluminación en el bullicio profesional. https://englandp368bgk7.wikigiogio.com/user